1. Toda transmisión de dominio de inmuebles pasa a tributar
el 3,6% en lugar del 2,5% sobre el monto de la operación, valuación fiscal o
VIR (Valor Inmobiliario de Referencia) el que fuera mayor.
2. La alícuota general del Impuesto de Sellos pasa a ser del
1% en lugar del 0,8 %. Esto impacta en el caso de los boletos de compraventa
pasando a tributar ahora el 1% al momento de la firma, considerándose este
pago a cuenta, debiendo completar en el acto de escritura la diferencia para
llegar al 3,6% sobre el monto de la operación, valuación fiscal o VIR el que
fuera mayor.
Para el caso de los alquileres alcanzados por
Sellos, la alícuota no ha sido modificada, continuando tributando el 0,5%
sobre el monto total del contrato o VLR (Valor Locativo de Referencia) el que
sea mayor.
No hay comentarios:
Publicar un comentario